Alertas y Permanencia Académica


A continuación te presentamos las condiciones para obtener una Alerta o participar en la Revisión de la Permanencia. Para conocer toda la información del proceso de “Alertas y Permanencia Académica”.

Alertas Académicas

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De acuerdo a lo señalado en el artículo 28° del Reglamento del Estudiante de Pregrado, la Universidad realizará un seguimiento al desempeño académico de sus estudiantes y establecerá criterios que permitan identificar potenciales riesgos académicos. Las Unidades Académicas deberán definir acciones y acuerdos formales con los estudiantes que incluyan medidas concretas para una mejora del desempeño académico. Estos acuerdos se registrarán en la historia académica del estudiante.

Se considera estudiante en alerta académica:

a) El estudiante que al término de su primer semestre obtenga un promedio ponderado acumulado menor a 4,0;
b) El estudiante que al término de su primer semestre apruebe menos de un 50% de los créditos inscritos;
c) El estudiante que al término de su segundo semestre obtenga un promedio ponderado acumulado menor a 4,0;
d) El estudiante que, a partir del término de su segundo semestre obtenga un promedio ponderado acumulado menor a 4,5 y apruebe menos de un 40% de los créditos inscritos en sus últimos dos semestres cursados;
e) El estudiante que a partir de su tercer semestre cursado obtenga un promedio ponderado acumulado menor a 4,0;
f) El estudiante que repruebe en 3 o más oportunidades un mismo ramo;
g) El estudiante que repruebe en 2 o más oportunidades ramos específicos de su programa definidos por la Unidad Académica en acuerdo con la Vicerrectoría Académica.

Las alertas serán informadas desde la Dirección de Registros Académicos a los estudiantes y sus Unidades Académicas según el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles y se registrarán en los sistemas de información de la Universidad.

Dentro de la alerta se informará al estudiante el nombre del Consejero Académico de su Unidad en caso que quiera contactarlo.

Cada tres (3) alertas académicas que un estudiante acumule pasará a revisión de su permanencia según lo establecido en el artículo 32º del mencionado Reglamento.

Revisión de Permanencia

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Según lo establecido en el artículo 32º del Reglamento del Estudiante de Pregrado, la Universidad revisará la permanencia de los estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes condiciones académicas:

a) El estudiante que, a contar del término de su tercer período académico, obtenga un promedio ponderado acumulado menor a cuatro (4,0) y en el periodo académico inmediatamente anterior apruebe menos de un 80% de los créditos inscritos, o
b) El estudiante que acumule tres alertas académicas, de acuerdo al artículo 28º del presente Reglamento, o
c) El estudiante que al término de los dos primeros periodos académicos efectivamente cursados acumule dos alertas y que al término de su tercer periodo académico no haya cumplido con las acciones y compromisos registrados en su segunda alerta.